El autogolpe de 1992 y la violación de los derechos de garantías judiciales, protección judicial y derecho al trabajo
DOI:
https://doi.org/10.18259/Palabras clave:
Corte Interamericana de Derechos Humanos, Estado Peruano, Derechos de garantías judiciales, Derecho a la protección judicial, Derecho al trabajo, Tribunal ConstitucionalResumen
La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una sentencia mediante la cual declaró responsable al Estado Peruano por la vulneración de los derechos de garantías judiciales, protección judicial y derecho al trabajo contenidos en la Convención Americana en desmedro de 184 trabajadores del Congreso de la Republica cesados inconstitucionalmente en 1992. En el presente trabajo se analiza la mencionada sentencia y el incumplimiento de la obligación de los Estados signatarios de la Convención de respetar y garantizar los derechos consagrados en el citado instrumento internacional, advertida previamente por el Tribunal Constitucional en tres pronunciamientos que serán materia de comentario.
Referencias
Acevedo Buendía y otros ("Cesantes y Jubilados de la Contraloría") Vs. Perú. (2006, 1 de julio). Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Serie C No. 157. Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (2005, 24 de noviembre). Observación General No. 18. El derecho al trabajo (art. 6) (E/C.12/GC/18).
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