Muerte digna: una interpretación desde la libertad y la dignidad
DOI:
https://doi.org/10.18259/iet.2021002Palabras clave:
Muerte digna, libertad, dignidadResumen
La muerte digna aún no es reconocida como un derecho fundamental. Las siguientes líneas pretenden dar algunos alcances en base a la libertad y la dignidad de las personas como fundamento para ser incorporadas al catálogo de derechos y, por consiguiente, su protección y facilitación desde el Estado.
Referencias
Alexy, R., (2007). Teoría de los derechos fundamentales. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Berlin, I. (1988). Cuatros ensayos sobre la libertad. Alianza Universidad. www.temarium.com/wordpress/wp-content/documentos/Berlin.-2_conceptos_de_libertad.pdf
Bernal, C. (2015). «Derechos fundamentales». Enciclopedia de Filosofía y Teoría del Derecho (Vol. 2). Capítulo 44. Pp. 1571-1594. http://ru.juridicas.unam.mx/xmlui/handle/123456789/12688
Bidart, G. (2002). «Los derechos no enumerados y su relación con el derecho constitucional y el derecho internacional». Derecho & Sociedad, 0(18). http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/view/16978/17277
Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. OEA VEJEZ.pdf (defensoria.gov.co)
Comisión Revisora del Código Penal (1991). Decreto Legislativo 635, Código Penal. CÓDIGO PENAL. indd (elperuano.pe)
Congreso de la Nación Argentina (1921). Ley 11179, Código Penal de la Nación. Texto completo | Argentina.gob.ar
Congreso de Colombia (2000). Ley 599, Código Penal Colombiano. Ley 599 de 2000 - Código Penal Colombiano completo | DERECHO COLOMBIANO
Declaración Universal de Derechos Humanos (1948). La Declaración Universal de Derechos Humanos | Naciones Unidas.
Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes (2004). 1416309302-DUDHE.pdf (idhc.org)
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2026 Ius et Tribunalis

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.